NUEVO
REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO - Nov05
La
AFIP presentó el 21-11-05 dos "combos" con un total
de 27 planes de facilidades de pago distintos para los morosos impositivos,
aduaneros y previsionales
El primer
tipo de planes es permanente y resulta aplicable a nuevas deudas
que se vayan generando. (Res Gral. AFIP Nro 1965/05) No tienen vencimiento,
y el deudor podrá acogerse en cualquier momento. Además,
si el contribuyente acepta el ajuste que realice el Fisco antes de ir
al juicio o que el pleito avance hacia estratos judiciales, los plazos
serán mayores y los intereses menores. Podrán acogerse
monotributistas mal categorizados
El número
máximo de cuotas mensuales, iguales y consecutivas y la tasa
de interés de financiamiento serán los siguientes:
PLANES
PERMANENTES
Deudas
por ajustes de inspección ( 9 planes ) |
o
Ajustes y multas conformados excepto percepciones, retenciones
impositivas y aportes personales: |
- Hasta 36 cuotas, con una tasa de interés de 1,25% y
bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
o
Ajustes y multas conformados por percepciones, retenciones
impositivas o aportes personales: |
- Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés de 1,25%
|
o
Ajustes conformados excepto percepciones, retenciones impositivas
o aportes personales: |
- Hasta 24 cuotas, con una tasa de interés del 1,25%
y bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
- De 25 a 36 cuotas, con una tasa de interés del 1,50%
y bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
o
Ajustes conformados por percepciones, retenciones o aportes personales: |
- Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés de 1,50%
|
o
Multas conformadas por obligaciones impositivas y contribuciones
patronales: |
- Hasta 24 cuotas, con una tasa de interés de 1,25% y
bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
- De 25 a 36 cuotas, con una tasa de interés de 1,50%
y bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
o
Multas conformadas por retenciones y percepciones o aportes
personales |
- Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés de 1,50%
|
o
Determinación de oficio por obligaciones impositivas
y de los recursos de la seguridad social, excepto percepciones y
retenciones o aportes personales: |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés del 1,50%
|
Deudas
corrientes ( 4 planes ) |
o
Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia: |
-
Hasta 3 cuotas, con una tasa de interés del 1,25%
|
-
De 4 a 6 cuotas, con una tasa de interés del 1,5%
|
o
Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social,
excepto aportes personales: |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés del 1,50%
|
o
Autónomos y Monotributistas: |
-
Hasta 48 cuotas, con una tasa de interés del 1% y bonificación
del 30% del interés del financiación abonado.
|
Inscriptos
con deuda menor a 12 meses y sin fiscalización iniciada (
3 planes ) |
o
Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social,
excepto retenciones, percepciones y aportes personales: |
-
Hasta 24 cuotas, con una tasa de interés del 1% y bonificación
del 30% del interés de financiación abonado
|
-
De 25 hasta 36 cuotas, con una tasa de interés de 1,25%
y bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
o
Retenciones, percepciones impositivas y aportes personales de
los trabajadores en relación de dependencia: |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés de 1,50%
|
Gestión
judicial ( 2 planes ) |
o
Excluidos aportes de la Seguridad Social: |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés del 1,50%
|
o
Aportes de la Seguridad Social: |
-
Hasta 3 cuotas, con una tasa de interés del 1,50%
|
Deuda
aduanera ( 1 plan ) |
o
Multas impuestas o cargos suplementarios formulados por el servicio
aduanero por tributos a la exportación/importación: |
-
Hasta 36 cuotas, con una tasa de interés del 1,25% y
bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
El segundo tipo de planes es para deudas venciadas al 31/08/05
(Res Gral. AFIP Nro 1966/05), otorgándose la posibilidad de ser
regularizada hasta el 30 de junio de 2006
El número
máximo de cuotas mensuales, iguales y consecutivas y la tasa
de interés de financiamiento serán los siguientes:
PLANES
PARA DEUDAS VENCIDAS AL 31 DE AGOSTO DE 2005 -
Retenciones
y/o Percepciones Impositivas ( 1 plan ) |
-
Hasta en 6 cuotas, con una tasa de interés de 1,50%
|
Deuda
por derechos y demás tributos que graven a las operaciones
de exportación (2 planes) |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés de 1,25%
|
-
De 13 a 24 cuotas, con una tasa del interés de 1,50%
|
Deudas
impositivas y de los recursos de la seguridad social, (excepto retenciones
y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores
en relación de dependencia) menores a $ 200.000 ( 2 planes
) |
-
Hasta 36 cuotas, con una tasa de interés de 1% y bonificación
del 30% del interés de financiación abonado
|
-
De 37 a 48 cuotas, con una tasa de interés de 1,25% y
bonificación del 30% del interés de financiación
abonado
|
Deudas
impositivas y de los recursos de la seguridad social, (excepto retenciones
y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores
en relación de dependencia) mayores o iguales a $ 200.000
( 1 plan ) |
-
Hasta 24 cuotas, con una tasa de interés de 1,5%
|
Deudas
menores a $ 200.000 por aportes personales de los trabajadores en
relación de dependencia (1 plan) |
-
Hasta 12 cuotas, con una tasa de interés del 1,25% |
Deudas
mayores o iguales a $ 200.000 por aportes personales de los trabajadores
en relación de dependencia ( 1 plan ) |
- Hasta
12 cuotas, con una tasa de interés del 1,5%
|
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